Descubre todo sobre la factura electrónica obligatoria en España: qué es, cuándo entra en vigor, ventajas, sanciones y cómo adaptarte a la Ley Crea y Crece. ¡Infórmate ahora!
La factura electrónica representa un documento digital equivalente a las facturas tradicionales en papel. Su principal distinción se encuentra en el método de emisión, utilizando sistemas informáticos que aseguran características esenciales como legibilidad, autenticidad e integridad del contenido.
Desde 2015, los Ayuntamientos y otras entidades públicas están obligados a utilizar este formato en sus relaciones con proveedores. Con la implementación de la Ley Crea y Crece, esta obligación se extiende ahora a las relaciones comerciales entre empresas y profesionales.
La facturación electrónica obligatoria comenzará con las empresas que facturen más de ocho millones de euros por ejercicio, extendiéndose gradualmente hasta abarcar a todas las pymes y autónomos del territorio español.
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, conocida como Ley Crea y Crece, establece un marco normativo orientado a simplificar la creación empresarial y combatir la morosidad en España. Esta legislación introduce la obligatoriedad de la factura electrónica como mecanismo para mejorar la trazabilidad y gestión de pagos.
Entre las principales características de esta normativa destaca su alineación con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprovechando los fondos europeos Next Generation. La ley se articula en consonancia con las directrices de la Unión Europea para la modernización económica.
El Ministerio de Economía junto al Ministerio de Hacienda supervisan la implementación de esta normativa que modifica sustancialmente el panorama empresarial español. Un cambio significativo es la reducción del capital social necesario para constituir sociedades de responsabilidad limitada a tan solo un euro, equiparando a España con otros países europeos.
La implementación de esta ley requiere un desarrollo reglamentario específico que complementa normativas previas como:
En el ámbito tributario, la factura electrónica obligatoria facilita:
Aspecto | Beneficio |
---|---|
IVA | Mayor control y reducción de fraude fiscal |
Gestión contable | Automatización de procesos administrativos |
Cobros | Reducción de plazos y mejora de liquidez |
La normativa tributaria se ve reforzada con estos mecanismos electrónicos que garantizan mayor transparencia en las transacciones comerciales. El reglamento desarrollado establece plazos graduales de implementación según el tamaño empresarial.
Esta iniciativa forma parte de un conjunto más amplio de medidas enfocadas en cinco áreas estratégicas: emprendimiento, crecimiento, digitalización e innovación, apoyo al comercio e internacionalización.
La implementación de la factura electrónica como sistema obligatorio representa un avance significativo para el ecosistema empresarial. Este cambio, lejos de ser una carga administrativa adicional, aporta múltiples beneficios para todas las partes involucradas.
La agilidad en los procesos de facturación es una de las ventajas más destacables. La transmisión digital permite emitir y recibir documentos de forma instantánea, eliminando los tiempos de espera asociados a los métodos tradicionales. Este factor se traduce en una optimización considerable del tiempo y los recursos empresariales.
El aspecto de seguridad merece especial atención. Los documentos digitales cuentan con protocolos que garantizan la confidencialidad, permitiendo que solo el emisor y receptor autorizados accedan a la información. Además, el almacenamiento en la nube asegura la preservación íntegra de los datos.
Beneficios económicos y operativos:
La facturación electrónica contribuye notablemente a la sostenibilidad ambiental. La disminución en el consumo de papel y materiales de impresión, junto con la eliminación de desplazamientos para entregas físicas, reduce considerablemente la huella de carbono de las organizaciones.
La trazabilidad completa del documento constituye otra ventaja fundamental. El sistema digital permite seguir todo el ciclo de vida de cada factura, desde su emisión hasta su cobro o pago. Esta característica minimiza los errores humanos gracias a la automatización en la importación de datos.
Los certificados digitales asociados a este sistema funcionan como una identidad virtual que valida legalmente las transacciones. Esta tecnología impide la manipulación fraudulenta de los documentos, ofreciendo un marco de seguridad jurídica para todas las partes en caso de disputas comerciales.
Para las pequeñas y medianas empresas, adoptar la facturación electrónica supone una puerta de entrada hacia la transformación digital. Esta modernización permite integrar diversos procesos empresariales, facilitando la automatización y mejorando la eficiencia global del negocio.
Área de impacto | Beneficios de la factura electrónica |
---|---|
Tiempo | Intercambio instantáneo de documentos |
Seguridad | Protección mediante certificados digitales |
Economía | Ahorro en materiales y almacenamiento |
Medioambiente | Reducción de la huella de carbono |
Operativa | Minimización de errores y mejor control |
La integración con otros sistemas de gestión empresarial facilita el seguimiento de operaciones comerciales, reduciendo significativamente los riesgos de fallo y los retrasos en las transacciones económicas.
La implementación obligatoria de la factura electrónica en España está siguiendo un calendario progresivo. Actualmente, la Ley 25/2013 ya establece que las empresas deben utilizar este formato para sus operaciones con ayuntamientos y administraciones públicas.
La nueva normativa que amplía esta obligatoriedad es la Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece, vigente desde octubre de 2022. Esta ley establece un modelo escalonado para la adopción general de la facturación digital.
Calendario de implementación previsto:
Fase | Empresas afectadas | Fecha estimada |
---|---|---|
1 | Empresas con facturación superior a 8 millones de euros | Principios de 2025 |
2 | Resto de empresas | Aproximadamente 2026 |
El proceso de obligatoriedad se ha retrasado respecto a los plazos iniciales. Las empresas de mayor tamaño deberán adaptarse previsiblemente a principios de 2025, mientras que el resto dispondrá de un año adicional para implementar sus sistemas de facturación electrónica.
España sigue así una tendencia similar a otros países europeos como Italia, donde la facturación electrónica ya es obligatoria. Esta medida busca aumentar la transparencia fiscal, reducir costes administrativos y modernizar los procesos empresariales en todo el país.
La Ley Crea y Crece establece consecuencias económicas significativas para las empresas que no se adapten a la obligatoriedad de la factura electrónica. Las multas pueden alcanzar hasta 10.000 euros, pero es importante destacar que existen diferentes tipos de sanciones según la naturaleza del incumplimiento. La Administración Tributaria y Hacienda han reforzado estos mecanismos para garantizar el cumplimiento y combatir el fraude fiscal.
El sistema de sanciones está diseñado para promover la digitalización y transparencia en las operaciones comerciales. Las empresas deben conocer estas posibles penalizaciones para evitar problemas con la AEAT y otras entidades fiscalizadoras.
Tipos de sanciones por incumplimiento:
Tipo de infracción | Sanción máxima | Observaciones |
---|---|---|
No presentar facturas electrónicas | 3.000€ | Puede multiplicarse por cada factura no digitalizada |
Incumplir periodo de almacenamiento | 6.000€ | Obligación de conservar documentos 4 años |
No cumplir requisitos fiscales/contables | 24.000€ | Mismas exigencias que facturas tradicionales |
Vulnerar privacidad y seguridad | 60.000€ | La más severa, según gravedad de la filtración |
Si una empresa no emite facturas en formato electrónico cuando es obligatorio, se expone a multas de hasta 3.000 euros. Esta cantidad puede incrementarse considerablemente, ya que cada documento no digitalizado constituye una infracción independiente, multiplicando el importe total en negocios con gran volumen de facturación.
La Administración Pública también penaliza no conservar adecuadamente los documentos digitales. Todas las facturas deben almacenarse durante un mínimo de cuatro años, periodo en el que Hacienda puede solicitarlas en cualquier inspección. El incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 6.000 euros.
Las obligaciones fiscales y contables no cambian con la digitalización. Las facturas electrónicas deben cumplir los mismos requisitos que las tradicionales en papel. La Ley Antifraude es clara: saltarse estas normativas puede suponer multas que alcanzan los 24.000 euros, siendo una de las herramientas más potentes en la lucha contra el fraude.
La protección de datos es fundamental. Las facturas contienen información confidencial tanto del emisor como del receptor, y las empresas deben garantizar su seguridad. Cualquier filtración o vulneración de privacidad puede resultar en la sanción más elevada: hasta 60.000 euros, dependiendo de la gravedad del incidente.
La facturación electrónica se establecerá como obligatoria de manera progresiva para diversos agentes económicos en España. Todas las empresas y profesionales que realicen operaciones comerciales entre sí deberán adoptar este sistema digital.
Esta obligación aplica a un amplio espectro de entidades económicas: sociedades anónimas, pymes, autónomos, trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas, fondos de pensiones, agrupaciones de interés económico y establecimientos permanentes en territorio español.
Existe una excepción importante: cuando una de las partes de la transacción no opera en España ni dispone de establecimiento permanente en el país, la factura electrónica no será obligatoria.
En cuanto a las transacciones con consumidores finales, las normas son diferentes. Las operaciones realizadas con particulares no están sujetas a esta obligatoriedad. Esto significa que:
Podrán continuar con sus métodos habituales de facturación cuando se trate de clientes finales.
El proceso de facturación electrónica requería seguir varios pasos fundamentales. En primer lugar, era necesario recopilar la información completa del cliente, incluyendo su nombre o razón social, NIF o CIF, y la dirección fiscal correspondiente.
La factura debía detallar claramente los siguientes elementos:
Este proceso podía realizarse utilizando cualquier programa de facturación disponible en el mercado o simplemente mediante una plantilla de Excel. Una vez completada la factura, se enviaba al cliente por correo electrónico o a través de alguna plataforma compartida.
La nueva normativa introduce cambios significativos en los procesos de facturación electrónica. El cambio más relevante afecta al software utilizado, ya que ahora es obligatorio emplear programas homologados oficialmente por la Agencia Tributaria para generar facturas válidas.
Además de utilizar un software certificado, los documentos deben incorporar una firma digital que garantice su autenticidad y validez legal. Este requisito refuerza la seguridad y trazabilidad de las transacciones comerciales.
La factura debe seguir incluyendo todos los elementos básicos mencionados anteriormente:
Elemento | Descripción |
---|---|
Datos del cliente | Nombre/razón social, NIF/CIF, dirección fiscal |
Conceptos | Descripción detallada de productos o servicios |
Importes | Valor de cada concepto facturado |
Impuestos | IVA y otras tasas aplicables |
Retenciones | IRPF cuando corresponda |
La elección del software adecuado es fundamental para la implementación exitosa de la factura electrónica. Solo los programas homologados por Hacienda pueden generar facturas electrónicas válidas, lo que convierte la selección del sistema de facturación en una decisión estratégica para cualquier empresa.
Un buen software de facturación debe ser intuitivo y ágil, especialmente para negocios que emiten numerosas facturas diariamente. El ahorro de tiempo con interfaces bien diseñadas puede representar una ventaja competitiva significativa en la operación diaria.
Características esenciales a considerar:
Los sistemas de facturación basados en la nube ofrecen ventajas importantes frente a las soluciones tradicionales. Permiten realizar transacciones desde cualquier ubicación, sin depender de un ordenador específico, facilitando la movilidad empresarial.
El almacenamiento en plataformas públicas o servidores remotos proporciona mayor seguridad. Los datos quedan protegidos contra fallos de hardware locales y ciberataques, garantizando la continuidad de las operaciones comerciales.
La certificación del software es otro aspecto crítico. Los programas de facturación deben mantener el formato digital requerido y garantizar la correcta transmisión de información fiscal. Esta homologación asegura que todas las transacciones cumplan con los estándares establecidos por las autoridades fiscales.
La integración del sistema de facturación con otras herramientas empresariales puede maximizar la eficiencia operativa y reducir errores en el procesamiento de información financiera.
La implementación de la facturación electrónica obligatoria requiere que todas las empresas actualicen sus sistemas antes de 2025, cuando la normativa afectará a todos los profesionales sin excepción. Esta adaptación forma parte esencial del cumplimiento con la Ley Crea y Crece.
Para una transición exitosa, es recomendable:
Es fundamental actuar con anticipación y no esperar hasta el último momento. Las soluciones tecnológicas adecuadas permiten una adaptación sencilla y eficiente a este nuevo requisito, facilitando tanto el cumplimiento normativo como la gestión empresarial diaria.
Una factura electrónica es un documento idéntico a la factura tradicional en papel, pero se emite mediante medios informáticos. Está respaldada por una firma electrónica y se autentifica a través de herramientas electrónicas específicas. Todas las facturas electrónicas deben cumplir con las garantías de legibilidad, autenticidad e integridad establecidas por el Real Decreto 1619/2012.
Aunque parecen términos similares, existe una diferencia importante:
Factura digital | Factura electrónica |
---|---|
Formato no estructurado | Formato estructurado |
Incluye PDF o documentos escaneados | Generada directamente en formatos como XML o EDI |
No procesable automáticamente | Procesable por ordenadores automáticamente |
Requiere OCR para su procesamiento | Se integra directamente en sistemas contables |
La diferencia fundamental radica en que un ordenador puede interpretar directamente una factura electrónica, mientras que no puede hacerlo con una factura simplemente digitalizada.
La manera más sencilla es utilizar un software específico adaptado a la Factura Electrónica. Estos programas permiten exportar las facturas emitidas en el formato correcto tras completar todos los campos requeridos. Existen diversas aplicaciones en el mercado que cuentan con la autorización de Hacienda para este propósito.
Actualmente existen dos tipos principales:
Con formato estructurado: Son las más recomendables ya que todos sus campos son reconocibles automáticamente tanto por el programa del emisor como del receptor, facilitando su incorporación directa a la contabilidad.
Sin formato estructurado: Incluyen facturas tradicionales convertidas a formatos como PDF o imagen. Aunque son válidas, requieren sistemas OCR para su procesamiento, lo que puede generar errores.
Sí, es imprescindible. Para ello se requiere un certificado digital vigente que puede solicitarse a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Este certificado debe almacenarse en el programa de facturación para que todos los documentos generados queden firmados automáticamente.
A partir de 2025, todas las empresas y autónomos, independientemente de su tamaño o sector, estarán obligados a implementar el sistema de factura electrónica. Sin embargo, la implementación será gradual:
Para una correcta transición hacia la facturación electrónica, se recomienda:
Seleccionar el software adecuado
Formar adecuadamente al personal
Establecer una transición progresiva
La factura electrónica está regulada principalmente por:
Sí, todos los profesionales, incluidos los autónomos, estarán obligados a emitir facturas electrónicas, aunque con diferentes plazos de implementación. Cabe destacar que desde 2015 ya es obligatorio emitir facturas electrónicas cuando el destinatario es una administración pública.
Las facturas emitidas a clientes fuera de España no están afectadas por esta legislación, por lo que podrán seguir utilizando los sistemas actuales. La normativa solo afecta a la actividad comercial realizada dentro del territorio español.
Las empresas que no cumplan con la obligación de emitir facturas electrónicas pueden enfrentarse a multas que, dependiendo de las circunstancias, podrían llegar hasta los 10.000 euros. La Agencia Tributaria será uno de los principales organismos encargados de supervisar el cumplimiento de esta normativa.
La implementación de la factura electrónica proporciona múltiples beneficios:
La factura electrónica será obligatoria en España de forma escalonada. A partir del 1 de octubre de 2025, todas las empresas y autónomos con facturación anual superior a 8 millones de euros deberán emitir facturas electrónicas. Para el resto de empresas y autónomos, la obligatoriedad comenzará seis meses después, el 1 de abril de 2026.
La Agencia Tributaria establece que las facturas electrónicas deben cumplir con varios requisitos técnicos específicos. Deben utilizar un formato estructurado que facilite su procesamiento automático, garantizar la integridad del contenido y la autenticidad del emisor, e incluir una firma electrónica avanzada o sello electrónico cualificado.
Los sistemas deben asegurar la conservación de las facturas durante al menos cuatro años y permitir su fácil acceso en caso de inspección.
Sí, existen algunas diferencias importantes en la aplicación de la normativa. Para los autónomos y pequeñas empresas con facturación anual inferior a 8 millones de euros, la entrada en vigor se retrasa hasta abril de 2026. Además, los autónomos en régimen de estimación objetiva (módulos) tienen condiciones especiales y plazos adaptados.
La normativa contempla también un periodo de adaptación más flexible para las pymes, con sanciones reducidas durante los primeros meses tras la entrada en vigor.
El nuevo reglamento de facturación electrónica implica importantes cambios operativos para las empresas españolas:
Las empresas deberán también garantizar la conservación digital de todas las facturas, así como su disponibilidad inmediata ante posibles inspecciones.
Sí, la normativa contempla algunas excepciones. Las operaciones exentas de IVA por determinadas actividades de interés general pueden quedar excluidas. También existen excepciones temporales para microempresas con facturación anual inferior a 100.000 euros, que tendrán plazos adicionales para su adaptación.
Las operaciones con particulares que no actúan como empresarios o profesionales tienen condiciones especiales. En casos de fuerza mayor que imposibiliten la emisión electrónica, se permite temporalmente el uso de otros medios.
Para adaptarse correctamente a la normativa de facturación electrónica, las empresas deben seguir estos pasos:
Es recomendable consultar la información actualizada en el portal de la Agencia Tributaria y valorar la posibilidad de solicitar ayudas del Kit Digital para la implementación tecnológica.
“No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy.”
Benjamin Franklin
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