Preguntas frecuentes

En esta sección encontrarás tanto preguntas frecuentes elaboradas por el equipo de VeriFacti como las FAQs publicadas por la propia AEAT en su web.

API VERIFACTI

Conceptos generales

Funcionamiento API

Precios

Prueba gratuita

Contratación

API keys y altas de NIFs

Declaración responsable

QR

Conservación de datos

Certificados y representación

Verifacti utiliza su propio certificado digital para remitir información a la AEAT en nombre de terceros. La AEAT exige la firma de un modelo de representación por parte de los obligados tributarios.
Certificado de Verifacti como colaborador social
Verifacti emplea un certificado digital propio de representación para enviar la información fiscal a la administración en nombre de los obligados tributarios. Se evita así la necesidad de solicitar certificados y contraseñas a los usuarios de Verifacti, reduciendo riesgos de seguridad y evitando el rechazo de los usuarios a compartir credenciales sensibles. Para ello, Verifacti opera dentro del marco de la colaboración social, una figura previa a Veri*Factu muy extendida para multitud de usos de asesoramiento fiscal. En concreto, Verifacti ha firmado el convenio 017 con la AEAT, creado específicamente para dar cobertura a la figura de la colaboración social en el ámbito de Veri*Factu. Verifacti aparece listado (Bilbabit SL) en el listado oficial de entidades con acuerdo de la AEAT.
Modelos de representación
Siempre que no sea el propio obligado tributario el que remita su información a la AEAT, la norma exige que los contribuyentes firmen un modelo de representación en el que facultan a Verifacti a enviar información fiscal en su nombre. Estos modelos de representación fueron publicados en el BOE en diciembre de 2024 (ver Anexos I, II y III).
Verifacti ofrece a sus clientes dos caminos diferentes para agilizar la firma de estos modelos de representación:
  1. Desde la interfaz web de Verifacti, siguiendo los pasos indicados en la sección Configuración → Representación para cada NIF.
  2. Programáticamente, a través de la API de gestión de NIFs.
Es muy importante destacar que el modelo de representación solo debe gestionarse una única vez por NIF. Es decir, si se quiere tener el mismo NIF dado de alta 2 veces en test y en producción, bastaría hacer esta gestión una sola vez en test para que valga también para el NIF de producción, incluso si este no ha sido creado todavía. Por lo tanto, la cronología adecuada para gestión de representación podría ser la siguiente:
  1. Crear NIF en test
  2. Gestionar representación para ese NIF
  3. Crear NIF en producción (la representación ya estará gestionada sin necesidad de volverlo a hacer).

Plataforma web Verifacti.com

Integración API

Factura nueva

Cancelación y modificación de facturas

Gestión de errores

Ticketbai

AEAT

Cuestiones generales: objeto

Cuestiones generales: conceptos y definiciones

Cuestiones generales: ámbitos de aplicación

Cuestiones generales: cumplimiento y delegación

Características y requisitos de los sistemas informáticos de facturación (SIF): recursos necesarios, uso múltiple

Características y requisitos de los SIF: capacidad de remisión, certificados, etc.

Características y requisitos de los SIF: integridad e inalterabilidad

Características y requisitos de los SIF: trazabilidad

Características y requisitos de los SIF: conservación, accesibilidad y legibilidad

Características y requisitos de los SIF: registro de eventos.

Registros de facturación: alta

Registros de facturación: anulación

Huella o «hash»

Firma

Certificación de los sistemas informáticos: declaración responsable

Sistemas VERI*FACTU (Sistemas de emisión de facturas verificables)

Posibilidad de remisión de información de la factura por parte de su receptor. Representación gráfica a incluir en la factura. Código QR. Frase «VERI*FACTU».

AVISO IMPORTANTE: La información incluida en esta sección de preguntas frecuentes tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, jurídico ni de otra índole. VeriFacti no se hace responsable de las decisiones que puedan tomarse en base a este contenido. Para cualquier cuestión relacionada con obligaciones fiscales o legales, recomendamos siempre contrastar la información con asesores profesionales o con la propia Agencia Tributaria (AEAT).