Preguntas frecuentes

En esta sección encontrarás tanto preguntas frecuentes elaboradas por el equipo de VeriFacti como las FAQs publicadas por la propia AEAT en su web.

Conceptos generales

Soporte, recursos y ayuda

Dudas típicas Veri*Factu

El 2 de diciembre de 2025 estos plazos han sido ampliados. Planteamos debajo los nuevos plazos, que la AEAT explica aquí.
1. Plazos para software de uso propio
Si tu software de facturación es para uso propio (para la emisión de tus propias facturas), entonces tu fecha sería:
  • 1 de enero de 2027 si estás sujeto al impuesto de sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para los demás (autónomos principalmente)
2. Plazos para productores o comercializadores de software
Si eres productor o comercializador de software, tu software debe estar adaptado a Veri*Factu desde el pasado día 29 de julio de 2025. La AEAT ha insistido en que todo software vendido hoy en día debe de estar adaptado. Este plazo no ha cambiado, y puede confirmarse en la propia FAQ de la AEAT aquí.
Excepción: software ya vendidos con contrato plurianual de mantenimiento, el plazo se alarga a los plazos de 2027 (ver arriba)

Funcionamiento API

Precios

Prueba gratuita

Contratación

Facturación y métodos de pago

Plataforma web Verifacti

API Keys y gestión de NIFs

Factura nueva

Destinatario factura y validación NIFs

QR Factura

Cancelación y modificación de facturas

Gestión de errores e incidencias

Webhooks

Listado de facturas

Paso a producción

Homologación y declaración responsable

Certificados y representación

Conservación y exportación de datos

Normativas futuras

Ticketbai

AVISO IMPORTANTE: La información incluida en esta sección de preguntas frecuentes tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, jurídico ni de otra índole. VeriFacti no se hace responsable de las decisiones que puedan tomarse en base a este contenido. Para cualquier cuestión relacionada con obligaciones fiscales o legales, recomendamos siempre contrastar la información con asesores profesionales o con la propia Agencia Tributaria (AEAT).